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¿CÓMO FORMAR UNA COOPERATIVA?
La totalidad de las cooperativas (al igual que las mutuales) están regidas por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), ante el cual debe tramitarse la matrícula para el inicio de la actividad.
Una cooperativa consiste en la asociación de un grupo de personas, que teniendo objetivos comunes, establecen una empresa de propiedad colectiva y gestionada democráticamente. De acuerdo a los valores cooperativos, las mismas se rigen con los siguientes principios fundamentales:
1. MEMBRESIA ABIERTA Y VOLUNTARIA
2. CONTROL DEMOCRATICO DE LOS MIEMBROS
3. PARTICIPACION ECONOMICA DE LOS SOCIOS
4. AUTONOMIA E INDEPENDENCIA
5. EDUCACION, ENTRENAMIENTO E INFORMACION
6. COOPERACION ENTRE COOPERATIVAS
7. COMPROMISO CON LA COMUNIDAD
Ver tipos de cooperativas
• Cooperativas Agropecuarias
• Cooperativas de Trabajo
• Cooperativas de Provisión
• Cooperativas de Provisión de Servicios Públicos
• Cooperativas de Vivienda
• Cooperativas de Consumo
• Cooperativas de Crédito
• Cooperativas de Seguros
• Bancos Cooperativos
Según la Ley de Cooperativas, ley 20.337, la cantidad mínima de personas para conformar una cooperativa es de 10 asociados. Sin embrago, para los casos de Cooperativas de Trabajo y de Cooperativas de Provisión de Servicios Rurales, se establece un mínimo de 6 asociados (según Resolución 324/94
y Res 302/94, respectivamente).
Previamente a la realización de los trámites para la conformación de una cooperativa, los futuros asociados fundadores deben asistir a un curso de información y capacitación cooperativa dictado por el INAES, según lo establece la
resolución 2037/03; y del cual tiene que presentar certificación al iniciar los trámites.
Consultar horarios de los cursos introductorios de Cooperativas
El órgano soberano de una cooperativa es la Asamblea, mediante la cual cada uno de los asociados expresa su voluntad con el voto. Siendo el acto fundacional de una cooperativa la Asamblea Constitutiva (la cual debe ser notificada al INAES con 15 días de anticipación).
Ver: qué se establece mediante la Asamblea Constitutiva
1) ELECCION DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA
Es decir la elección del presidente y secretario para la administración de la asamblea constitutiva.
2) INFORME DE LOS INICIADORES
Consiste en una explicación del motivo de reunión, la finalidad de la cooperativa, etc.
3) DISCUSION Y APROBACION DEL ESTATUTO
El estatuto consiste en pautas de organización básicas para el funcionamiento de la cooperativa. El artículo 8 de la ley 20.337 establece los ítems que debe contener, encontrándose un modelo del mismo en los modelos de acta constitutiva presentados más adelante.
4) SUSCRIPCION E INTEGRACION DE CUOTAS SOCIALES
Cada asociado debe aportar una cuota social según se especifica en el modelo de acta constitutiva, monto que será depositado en una cuenta bancaria y cuya constancia de depósito bancario debe ser presentada al momento de registrar la misma.
5) ELECCION DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION Y DE LA SINDICATURA
El consejo de administración debe estar compuesto por al menos 3 asociados; quienes asumirán los cargos de Presidente, Secretario y Tesorero para administrar y dirigir aquellas actividades de la cooperativa que no estén reservadas a la Asamblea que es el órgano superior. La sindicatura puede ser unipersonal o colegiada (de 3 o más, siempre número impar); y siendo su función la fiscalización y los atributos enumerados en el Art. 79 de la ley 20.337.
Para mayor información sobre la estructura interna de las cooperativas consulte
Existen dos modelos de acta constitutiva que facilita el INAES para cooperativas de trabajo:
• el establecido según resolución 750/94 (para cooperativas con un mínimo de 6 asociados)
Consultar modelo
• el establecido según resolución 255/88 (para cooperativas con un mínimo de 10 asociados)
Consultar modelo
La documentación requerida para tramitar la constitución de una cooperativa ante el INAES, puede consultarse en:
http://www.inaes.gov.ar/es/articulo.asp?id=42
En caso de tratarse de cooperativas de la Provincia de Buenos Aires puede consultar los pasos a seguir en la página de la Subsecretaría de Acción Cooperativa
Las cooperativas del resto del país deben contactarse con el órgano local correspondiente.
Consultar listado de órganos locales
Para obtener más información:
INAES
www.inaes.gov.ar
Área “Desarrollo y Promoción”- INAES Central
Tel: (011) 4383-4444, internos 1033 o 1209
Correo electrónico: promocion@inaes.gov.ar
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